Nunca jamás te sientas dubitativo entre el término obligaciones y la palabra obligacionez cuando quieras escribir, dado que solamente existe una manera viable de escribir este término adecuadamente, y es: obligaciones. El término obligacionez sencillamente no aparece en el diccionario de la Real Academia de la Lengua Española.
Para que no se te olvide fácilmente la manera en que debes escribir obligaciones, queremos aportarte su definición del diccionario:
Las dudas cuando debemos escribir palabras que comprenden las letras ‘s’ y ‘c’ sucede más regularmente en aquellas zonas en donde ambas se pronuncian de forma idéntica. Esto pasa fundamentalmente en los países de América Latina en los que se habla lengua española, mas también en algunas zonas del sur de España y las Islas Canarias. No es nuestra intención mostrar teorías respecto al porqué de esta pronunciación, porque no se corresponde con el propósito de esta página web, tan solo pretendemos señalar que en cualquier caso, esta pronunciación está aprobada. También {hay que precisar|es preciso decir que la confusión entre las letras ‘s’ y ‘c’ solamente puede existir en algunas circunstancias, porque la ‘c’ delante de las vocales ‘a’, ‘o’ y ‘u’ en ninguna ocasión se pronuncia de forma similar a /s/, sino como /k/, por lo que no tendría que existir ninguna confusión en este punto. Por lo demás, quisiéramos recomendarte escuchar la pronunciación las palabras en castellano de la Península Ibérica estándar, como forma de aprender a diferenciar en qué momento se debe escribir la letra ‘s’ y cuándo la letra ‘c’. Y indudablemente, visitar nuestra web y memorizar las normas de ortografía que hemos juntado para ti en la portada de esta web. De esta forma ya nunca jamás experimentarás dudas sobre si el vocablo que deseas escribir se escribe obligaciones o se trata de la palabra obligacionez.